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En esta entrada, trataremos los tipos de testamentos más comunes, entre ellos, el testamento ológrafo. En España, el testamento es el documento legal que permite a una persona establecer su última voluntad y legar sus bienes a sus herederos o legatarios. Aunque no es un tema agradable, es crucial planificar tu testamento para prevenir conflictos y garantizar que se cumplan tus deseos después de tu fallecimiento.
En esta línea, es relevante conocer los diversos tipos de testamentos que existen en España para elegir el que mejor se adapte a tus necesidades y circunstancias personales. Desde el testamento ológrafo hasta el testamento abierto o cerrado, cada uno posee sus características, requisitos y ventajas.
En este artículo, te proporcionaremos una guía completa acerca de los tipos de testamentos más comunes en nuestro país. De esta manera, podrás tomar una decisión informada y asegurarte de que tus bienes se distribuyan conforme a tus deseos.
Tipos de testamentos en España
Los testamentos comunes válidos en España se dividen en tres categorías: ológrafos, abiertos y cerrados. Ahora, vamos a analizar cada uno de ellos con más detalle.
Testamento ológrafo
El testamento ológrafo es uno de los tipos menos conocidos. A diferencia de los testamentos abiertos o cerrados, no requiere la presencia de un Notario para su elaboración. En su lugar, el testador debe escribirlo a mano, firmarlo y fecharlo.
No obstante, para que un testamento ológrafo sea válido en España, se deben cumplir ciertos requisitos. En primer lugar, el testador debe ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales al momento de hacer el testamento. Además, el testamento debe ser completamente escrito a mano, sin la ayuda de otra persona.
Otro requisito fundamental es que el testamento debe estar firmado y fechado por el testador. Es importante que la fecha sea clara y legible, ya que esto puede ser crucial en caso de futuros conflictos o dudas sobre la validez del testamento. Se recomienda que la fecha se escriba en el formato día, mes y año (por ejemplo, 2 de mayo de 2023).
En resumen, el testamento ológrafo es una opción válida para quienes deseen realizar su testamento de manera sencilla y sin necesidad de recurrir a un Notario. No obstante, es fundamental cumplir con los requisitos establecidos en España para que sea válido y se respeten las últimas voluntades del testador.
Requisitos del testamento ológrafo
Solo puede ser otorgado por personas mayores de edad, es decir, mayores de 18 años.
Debe estar escrito de manera íntegra a mano, de forma que sea legible.
El testador debe firmarlo, indicando el día, mes y año en que lo otorga, recomendándose el formato día, mes y año (por ejemplo, 2 de mayo de 2023).
Si el testamento incluye palabras tachadas, enmendadas o escritas entre líneas, el testador deberá aclararlas después de firmar el testamento.
Si el testador es extranjero, puede redactarlo en su idioma de nacimiento.
En caso de que el testamento ológrafo no cumpla con los requisitos y la forma establecidos en el Código Civil, no tendrá validez legal y se considerará nulo. En tal situación, no existirá un testamento válido que permita la distribución de los bienes del fallecido. Por lo tanto, se aplicará la figura de la sucesión intestada, ya que no existe un testamento válido que indique la última voluntad del testador.
¿Es necesario acudir a un Notario?
El testamento ológrafo es una opción válida para quienes deseen realizar su testamento de forma sencilla y sin necesidad de recurrir a un Notario. No obstante, es esencial cumplir con los requisitos exigidos en España para que sea válido y se respeten las últimas voluntades del testador.
Es importante tener en cuenta que, en el caso del testamento ológrafo, es necesario protocolizarlo dentro de un plazo de 5 años a partir de la fecha del fallecimiento del testador. La protocolización implica que un Notario debe verificar que el documento cumple con los requisitos legales y agregarlo al protocolo notarial correspondiente (elevarlo y numerarlo como escritura pública).
Quien posea un testamento ológrafo debe presentarlo ante un Notario dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del fallecimiento. La falta de presentación puede acarrear consecuencias graves, como la responsabilidad por los daños y perjuicios que puedan sufrir los herederos del fallecido. Por lo tanto, es importante actuar con prontitud y cumplir con este trámite para asegurar que el testamento sea válido y se respeten las últimas voluntades del testador.
Cualquier persona que tenga un interés legítimo en el testamento, ya sea como heredero, legatario, albacea o en cualquier otro concepto, también puede presentarlo ante un Notario. Una vez presentado el testamento y confirmado el fallecimiento del testador, el Notario verificará su contenido y comprobará que cumple con todos los requisitos legales. Si todo está en orden, el Notario dará fe de la veracidad del contenido del testamento y se procederá a su cumplimiento según la última voluntad del testador.
Testamento abierto
El testamento abierto es el tipo más común de testamento. En un testamento abierto, el testador expresa su última voluntad en presencia del Notario, quien queda informado sobre el contenido del documento. Por lo general, este tipo de testamento se otorga únicamente en presencia del Notario, aunque existen dos situaciones especiales en las que se puede otorgar únicamente ante testigos, sin necesidad de la presencia del Notario.
Requisitos para otorgar un testamento abierto
Al otorgar un testamento abierto, se deben seguir los siguientes requisitos:
El Notario debe identificar al testador.
El Notario debe constatar que el testador tiene la capacidad legal necesaria para otorgar el testamento.
Se debe indicar el lugar, año, mes, día y hora en que se otorga el testamento.
El Notario debe advertir al testador de su derecho a leer el testamento por sí mismo. Luego, el Notario lo leerá en voz alta para que el testador confirme su voluntad. Si está de acuerdo, firmará el testamento de inmediato.
En ciertos casos, es necesario que acudan dos testigos al acto de otorgamiento del testamento:
Cuando el testador declara que no sabe o no puede firmar el testamento.
Cuando el testador, aunque pueda firmarlo, es ciego o declara que no sabe o no puede leer el testamento por sí mismo. Si el testador que no puede leer es sordo, los testigos leerán el testamento en presencia del Notario y declararán que coincide con la voluntad manifestada.
Cuando el testador o el Notario lo solicitan.
Si el testador se encuentra en peligro de muerte inminente debido a una enfermedad grave, un accidente mortal, una catástrofe, o circunstancias similares, puede otorgar un testamento con la presencia de cinco testigos. Además, en casos de peligro de epidemia, solo se requieren tres testigos mayores de 16 años para otorgar un testamento.
Testamento cerrado
El testamento cerrado se caracteriza por la entrega del testamento por parte del testador a un Notario en un pliego o sobre sellado, que contiene su última voluntad. Es un documento escrito que, si está escrito de puño y letra del testador, debe ser firmado al final del documento. Si está mecanografiado o escrito por otra persona, el testador deberá firmar en cada hoja y al final del documento. En caso de que el testador no pueda firmar, otra persona podrá hacerlo en su nombre en todas las hojas del testamento, explicando la razón de la imposibilidad. Antes de firmar, se deben aclarar las palabras tachadas, enmendadas o escritas entre líneas.
¿Cuál es el más indicado para ti?
La elección del tipo de testamento es un paso crucial en la planificación de tu sucesión. Debes seleccionar el que mejor se adapte a tus necesidades y circunstancias. Aunque el testamento ológrafo puede parecer una opción más económica y sencilla, puede generar problemas si no se cumplen adecuadamente los requisitos legales (especialmente en cuanto a la legibilidad). El testamento cerrado ofrece mayor discreción y confidencialidad, pero su formalización puede ser más compleja. En contraste, el testamento abierto es el más común y se otorga ante un Notario, lo que garantiza su validez y cumple con los requisitos legales. Cada tipo de testamento tiene sus pros y contras, por lo que es importante evaluarlos antes de tomar una decisión.
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